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AVISO DE MODIFICACIÓN DEL PLAN DE ESTUDIOS PARA BACHILLERATO EN DERECHO DE LA UNIVERSIDAD ESCUELA LIBRE DE DERECHO

 

Se avisa a todos los estudiantes de la Universidad que aún no han completado la residencia de estudios para la obtención del bachillerato en Derecho, que en fecha 19 de Noviembre de 2005, según consta en el acta número 25, artículo tercero, el Consejo Universitario acordó la modificación del plan de estudios para bachillerato, el cual entrará en vigencia como plan oficial y único a partir del primer cuatrimestre del año 2008. La modificación planteada cuenta con la autorización expresa del CONESUP, según resolución tomada en la sesión 561-2008 de fecha 09 de agosto de 2008.

 

La modificación, en lo sustancial, significó la eliminación de las siguientes dos materias del plan anterior:

 

FILOSOFÍA DEL DERECHO II

DERECHO AGRARIO II

 

De igual modo, supone la incorporación de las siguientes dos nuevas materias:

 

ORATORIA FORENSE, TÉCNICAS Y ESTRATEGIAS PROBATORIAS DERECHO AMBIENTAL

 

Las nuevas materias del plan de Bachillerato son parte de la respuesta de la Institución a las exigencias de conocimiento que las transformaciones socioeconómicas le imponen al profesional en Derecho. Es importante aclarar que no se trata de una sustitución de materias, dado que no hay necesariamente una vinculación expresa entre las que salen con respecto a las que entran.

 

Para la implementación del proceso de transición al nuevo plan de estudios, se han dictado las siguientes directrices:

 

  1. DECLARACIÓN DE TERMINACIÓN DEL PLAN ACTUAL: Se declara la terminación del plan actual de bachillerato, el cual tendrá vigencia hasta el tercer cuatrimestre del año 2008 inclusive.
  2. NORMA BÁSICA DE TRANSICIÓN AL NUEVO PLAN: Todos los estudiantes que se hayan matriculado por primera vez en el plan de estudios de Bachillerato en el tercer cuatrimestre del año 2008 o antes, tendrán derecho a permanecer dentro del plan de estudios con el cual iniciaron sus estudios de bachillerato, gozando así del derecho de concluir la residencia de estudios para dicho plan hasta el primer cuatrimestre de 2009 inclusive.
  3. DERECHO DE TRASLADO AL NUEVO PLAN DE ESTUDIOS DE BACHILLERATO: Aquí se plantean cuatro posibilidades
  4. a) Estudiantes que no han aprobado ninguna de las materias eliminadas.

    b) Estudiantes que han aprobado alguna (s) de las materias eliminadas.

    c) Estudiantes que ya aprobaron todas las materias eliminadas, y

    d) Estudiantes que ya han satisfecho completamente la residencia de estudios del plan de bachillerato.

     

    En el supuesto a) dichos estudiantes tendrán el derecho de optar plenamente por el traslado al nuevo plan de estudios, obviando así tener que cursar los cursos eliminados. En el supuesto b) dichos estudiantes tendrán la opción de llevar alguna de las restantes nuevas materias, de tal manera que cumplan al finalizar el plan, con el requisito de aprobación de las cuarenta materias de bachillerato, equivalentes a ciento veinte créditos. Debe quedar claro que los estudiantes descritos en las opciones a) y b) pueden continuar con su plan original por tratarse de un derecho adquirido, pero si optan por cursar cualquiera de las nuevas materias se entenderá que con ello están renunciando definitiva e irrevocablemente al plan de estudios con el que se matricularon originalmente. Como consecuencia de ello, no será admisible la posibilidad de regreso a dicho plan. En el supuesto c) dichos estudiantes tendrán la opción de matricular alguna o todas las nuevas materias que componen el nuevo plan de estudios. Esto significará que el estudiante asumirá dichos nuevos cursos como carga académica adicional, debiendo en todo caso cumplir con el requisito académico de aprobación de las cuarenta materias del plan con el que se matriculó originalmente al inicio. No es dable en este supuesto la posibilidad de cambio de alguna materia de las no eliminadas con alguna de las nuevas materias incorporadas. En el supuesto d), estos estudiantes podrán llevar dichos cursos con carácter meramente formativo. Los créditos que obtendrán no podrán sumarse a los de las materias de licenciatura en razón de tratarse de planes de diferente nivel.

     

  5. DECLARACIÓN A FORMULARSE EN EL PRIMER PROCESO DE MATRÍCULA DE 2008: Para el proceso de matrícula del primer cuatrimestre del año 2008, todos los estudiantes que para ese entonces no hayan concluido satisfactoria y totalmente su residencia de estudios para bachillerato (sea la aprobación de las cuarenta materias del plan de bachillerato con el cual se matricularon originalmente), deberán hacerle saber a la Universidad su decisión en cuanto al cambio de plan de estudios. Para ello, en el sobre de matrícula se adjuntará la fórmula correspondiente. Sin esa fórmula debidamente llena, ya sea acogiéndose o no al nuevo plan, no se procesará matrícula alguna. Se hace hincapié en la ventaja que representará para los estudiantes el cursar las nuevas materias, dado que se trata de aspectos de las Ciencias Jurídicas que, comparativamente, representan un mayor y significativo aporte al proceso de formación profesional.

La Dirección Académica está en la mejor disposición de orientar al estudiante y evacuar cualquier duda o temor, por más "insignificante" que parezca, con tal de que el proceso concluya de manera exitosa tanto para Ustedes como para la Universidad.

San José, 26 de Setiembre de 2008

 

 

En caso de consulta por favor enviar un correo a: 

Dirección de Carrera

sdonato@uescuelalibre.cr 

 

 

 

 

 

 

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